Pongo en su conocimiento que el Sr. Presidente con fecha 01 de abril de 2025, ha procedido a convocar a la Corporación para Sesión Extraordinaria del Pleno el día 8 de abril de 2025 a las 12:30 horas en el edificio municipal de la Calle Carretas, nº 34, y cuya resolución se transcribe a continuación literalmente:
“A la vista de los expedientes conclusos que la Secretaría de esta Corporación ha puesto a mi disposición conforme a lo establecido en el artículo 81 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28-11-1986, y Considerando que, de conformidad con lo acordado al respecto por la Corporación, debe celebrarse Sesión Extraordinaria del Pleno y en base a las competencias que me otorgan los artículos 21.1, c) de la Ley 7/85 de 2 de abril, 47.2 del Texto Refundido del Régimen Local de 18-4-1986, 80 y 82 del Reglamento citado, vengo en Decretar:
Convocar Sesión Extraordinaria del Pleno el día 8 de abril de 2025 a las 12:30 horas en el edificio municipal de la Calle Carretas, nº 34, en primera convocatoria y a la misma hora dos días después en segunda convocatoria, en el edificio municipal de la calle Carretas número 34, primera planta, de Gargantilla del Lozoya, con sujeción al siguiente:
ORDEN DEL DÍA
Asunto Primero. Aprobación del Acta de la sesión anterior.
Asunto Segundo. Aprobación del Pliego de Cláusulas Económico – Administrativas Particulares que, como ley fundamental del contrato, regirá la subasta tramitada para adjudicar, mediante procedimiento abierto, La Venta Del Bien Inmueble Municipal Conocido Como “La Yesada De Pinilla De Buitrago”, Situado En La Calle Tendales Número 5 De Pinilla De Buitrago. Aprobación de la tasación del bien inmueble. Aprobación del destino de los fondos obtenidos. Aprobación del expediente de contratación. Adjudicación a través de la Plataforma de contratación del Estado.
Desde la fecha de convocatoria tiene a su disposición en esta Secretaría toda la documentación de los asuntos incluidos en el orden del día, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 del ROF.
En Gargantilla del Lozoya, a 01 de abril de 2025.
El Secretario-Interventor, D. Arturo Muñoz Cáceres.